Improcedentes e infundadas” quejas contra Jesús Mora en Tuxpan; No rebasó topes de campaña: INE.

Improcedentes e infundadas” quejas contra Jesús Mora en Tuxpan; No rebasó topes de campaña: INE.

Morelia Michoacán a 10 de Agosto de 2018.-Jesús Antonio Mora González, será presidente municipal por segunda ocasión en el municipio de Tuxpan, y tomará protesta como tal el próximo primero de septiembre, luego de que el máximo órgano electoral en la entidad, confirmara que no rebasó el tope de campaña.
Y es que apenas esta semana, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, de Michoacán, declaró “improcedente” e “infundada” la denuncia puesta por los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y de MORENA.
Durante la sesión de este lunes, el pleno a través de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE determinó que no existían pruebas suficientes para sancionar al candidato de la coalición Por Michoacán al Frente y su candidato a presidente municipal de Tuxpan, Jesús Antonio Mora González.
El texto del resolutivo del INE, que consta de 73 páginas precisa que la resolución emitida en la sesión extraordinaria de este lunes, determinó que no existen pruebas suficientes para sancionar al candidato Jesús Antonio Mora González, en relación al expediente INE/QCOF-UTF/617/2018/MICH, integrado por hechos que se considera podrían constituir infracciones a la normatividad electoral en materia de ingresos y gastos de los recursos derivados de financiamientos a los partidos políticos.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), determinó infundadas las quejas presentadas por el partido MORENA y la candidata Rosa María Salinas Téllez en contra de la coalición Por Michoacán al Frente y su candidato a presidente municipal de Zitácuaro, Carlos Herrera Tello, en materia de fiscalización de gastos de campaña.

La resolución emitida en la sesión extraordinaria de este lunes, determinó que no existen pruebas suficientes para sancionar al candidato Jesús Antonio Mora González, en relación al expediente INE/QCOF-UTF/617/2018/MICH, integrado por hechos que se considera podrían constituir infracciones a la normatividad electoral en materia de ingresos y gastos de los recursos derivados de financiamientos a los partidos políticos.

Entre los actos que integran la queja se encuentran los costos del desfile celebrado el 15 de mayo en la tenencia de Chichimequillas de Escobedo; el acto de cierre de campaña; la carrera del Día del Padre celebrada el domingo 17 de junio y la rueda de prensa ofrecida por la dirigente del PRD en el municipio, el día 30 de junio del presente.

Durante la sesión de este lunes, el pleno a través de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE determinó que no existían pruebas suficientes para sancionar al candidato

Carlos Herrera, toda vez que en los eventos como la carrera del Día del Padre y el acto de cierre de campaña existieron auditorías por personal del INE, que contradicen lo que acusa MORENA y su candidata.
Por lo que la resolución señala que los elementos ofrecidos para fundamentar las quejas en contra de Carlos Herrera no prueban los señalamientos que se hacen, es decir, que no acreditan la existencia de lo que se pretende demostrar o de la responsabilidad que se pretende fincar. Además, de que califica las pruebas ofrecidas por MORENA y su candidata, “por su naturaleza, como de carácter imperfecto, ante la relativa facilidad con que se pueden modificar”.
Es de mencionar que en la Sesión del Consejo General del INE, el representante de MORENA no hizo algún pronunciamiento sobre el caso de Zitácuaro, ya que fueron más de 400 expedientes los que se resolvieron en dicha sesión.

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